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CHILE TRIBUTARIO · Chile tributario a diario

CHILE TRIBUTARIO

LA WEB, DE IMPUESTOS EN CHILE

Colega Contador@, la preocupación en los temas eleccionarios ya no dejan tiempo para discutir temas tributarios y aunque tenemos un proyecto de ley dando vueltas por ahí, todo indica que las decisiones respecto a cambios normativos se vendrán en el próximo gobierno.

Este último semestre más que un período de grandes reformas estructurales se ha caracterizado por la entrada en vigor y la implementación de normativas clave que buscan modernizar y hacer más equitativo el sistema.

Los esfuerzos se han concentrado en dos grandes pilares: la equidad tributaria en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y la redefinición de las cargas impositivas para las Pymes, junto con un fortalecimiento de las herramientas de fiscalización.

En cuanto al Impuesto al Valor Agregado (IVA), regulado en el Decreto Ley 825, el segundo semestre ha sido testigo de dos hitos que buscan "nivelar la cancha" competitiva.
Por un lado, desde el 1 de agosto, se implementó el régimen especial para comerciantes de ferias libres (introducido por la Ley N° 21.745). Este mecanismo busca su formalización mediante un impuesto sustitutivo del 1,5% aplicado exclusivamente sobre sus ventas con medios de pago electrónicos, incentivando así la trazabilidad y su incorporación al sistema.
Por otro lado, y con un impacto directo en el comercio internacional, el 25 de octubre entró en plena vigencia la obligación para las plataformas digitales extranjeras de retener el 19% de IVA a las compras transfronterizas de bienes. Esta medida elimina la elusión práctica que existía para los envíos de bajo valor y equipara la carga tributaria con el comercio local.
Paralelamente, la Ley N° 21.755 (publicada el 11 de julio e iniciando su aplicación en este semestre) ha tenido un doble efecto que modifica tanto la Ley de Impuesto a la Renta (DL 824) como el Código Tributario (DL 830).
En materia de Impuesto a la Renta (DL 824), se materializó un importante alivio para las pequeñas y medianas empresas. Se estableció una rebaja transitoria de la tasa de Primera Categoría al 12,5% para los contribuyentes del régimen Pro Pyme (Art. 14 D N°3), aplicable para los ejercicios comerciales 2025, 2026 y 2027. Esta actualización fue instruida por el Servicio de Impuestos Internos mediante la Circular N° 53 de septiembre.
En materia de fiscalización (DL 830), esta misma ley robusteció las facultades del SII al modificar el Código Tributario. Se impuso la obligación a las entidades emisoras de tarjetas de prepago de reportar las operaciones de sus clientes, sumándose a la información ya requerida a emisores de tarjetas de débito y crédito, cerrando así espacios de opacidad financiera.
En síntesis, el panorama tributario del segundo semestre de 2025 se define por la ejecución de medidas de equidad fiscal: se integra a sectores tradicionalmente informales (ferias libres), se igualan las condiciones con el comercio exterior (IVA digital), se apoya a las Pymes con tasas reducidas y, simultáneamente, se incrementa la trazabilidad del dinero para la autoridad fiscal.

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